Miércoles, 02 de marzo de 2005
Gobierno del Principado de Asturias
28.febrero.´05 - La Consejera de Medio Rural y Pesca del Principado de Asturias, Servanda García, ha firmado esta mañana una Resolución por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de ayudas al gasóleo B, de uso agrícola, aprobada por Resolución el pasado 27 de enero de 2005 y publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias el 3 de febrero de este mismo año. La Resolución saldrá publicada en el BOPA a lo largo de esta semana.
Se cumple así con la Orden del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación del pasado 24 de febrero de, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 26 de febrero, ampliando el plazo de solicitud de ayudas al sector agrario para el mantenimiento de la competitividad de la actividad agraria. El motivo de la ampliación es que se ha detectado la necesidad de disponer de más tiempo para cumplimentar adecuadamente los datos que deben de aportar los solicitantes, así como para ordenar, analizar y remitir posteriormente la información al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para la determinación del límite común de gasóleo subvencionable.
Estas ayudas se habilitaron como consecuencia del fuerte incremento de los precios que experimentó el petróleo durante el año 2004 ya que esto tiene un reflejo directo en gran número de inputs utilizados en el sector agrario y pesquero, de manera más directa en el gasóleo agrícola e, indirectamente, en otros insumos agrarios derivados del petróleo, con una fuerte incidencia en la competitividad y el desarrollo de este sector.
Son objeto de una consideración singular las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra, las cooperativas de utilización de maquinaria agrícola y las cooperativas agrarias con refrendo estatutario de una sección de cultivos o de maquinaria para la prestación de servicios a sus socios, y ello motivado, de un lado, por el mandato constitucional de fomentar las sociedades cooperativas (artículo 129.2 de la Constitución Española) y, de otro, porque el desarrollo de estas fórmulas cooperativas contribuye a la consecución de una mayor eficiencia energética.
Tipo y cuantía de las ayudas
La ayuda consistirá en una subvención directa de seis céntimos de euro (0,06 euros) por litro de gasóleo B de uso agrícola justificado con facturas o con cheques-gasóleo bonificado (de los previstos en el artículo 107.b del Reglamento de los impuestos especiales aprobado por el R.D. 1165/1995) y adquirido por el titular de una explotación agraria en el período del año 2004 en que haya estado de alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda según lo indicado en la base segunda anterior.
Las subvenciones a conceder a cada solicitante se determinarán una vez el MAPA haya calculado el límite común de volumen de gasóleo subvencionable para los beneficiarios indicados; todo ello de conformidad con las condiciones y limitaciones establecidas en el dispositivo cuarto de la Orden APA/4398/2004, de 30 de diciembre, publicada en el BOE de 7 de enero de 2005. En cualquier caso, ningún beneficiario podrá obtener una subvención superior a los 3.000 euros.
Fuente: Agroinformacion.com
01/03/2005
Por: Ferrera | Campo news | Comentarios (0) | Referencias (0)
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